Duty of care es el nombre inglés de algo que la ley española ya te exige: el deber de proteger la seguridad y la salud de tus empleados, también cuando viajan por trabajo. No hace falta una ley nueva: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario «en todos los aspectos relacionados con el trabajo», y un viaje de empresa es trabajo. En la práctica se resume en cuatro cosas: saber dónde está cada viajero, que tenga a quién llamar a cualquier hora, un plan sencillo para cuando algo se tuerce y un seguro a la altura (empieza por mirar los que ya incluye tu tarjeta de crédito corporativa). El 80% de los viajeros de negocio sufrió algún contratiempo el año pasado, y más de la mitad, algo serio. La pregunta no es si te va a pasar: es si lo tienes previsto.
¿Qué es exactamente el duty of care?
Duty of care (deber de protección o deber de cuidado) es la responsabilidad que tiene una empresa sobre la seguridad y la salud de sus empleados mientras viajan por motivos de trabajo. Desde que salen hasta que vuelven: el vuelo, el hotel, el trayecto al aeropuerto, la feria, la visita a cliente.
El término viene del mundo anglosajón, pero el concepto en España no es nuevo ni opcional. Lo que sí es relativamente nuevo es tomárselo en serio de forma organizada: saber quién viaja, dónde está, qué riesgos tiene el destino y qué hace cada uno si algo sale mal.
Y algo sale mal más veces de las que parece. En la última encuesta de Zurich a 4.000 viajeros de negocio internacionales, el 80% sufrió algún contratiempo en sus viajes de 2025: retrasos, cancelaciones, conexiones perdidas. Y más de la mitad, un 53%, vivió algo más serio que una molestia: un incidente o una emergencia, desde problemas médicos (13%) hasta desastres naturales o disturbios (20%).
¿Qué dice la ley española?
En España no existe una «ley de duty of care» con ese nombre. Existe algo más serio: la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Su artículo 14 reconoce a los trabajadores «el derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo» y obliga al empresario a garantizar esa protección «en todos los aspectos relacionados con el trabajo».
La clave está en esa frase. El deber de protección no se queda en tu oficina: acompaña al empleado allá donde lo mandes. Si tu comercial pasa 80 noches al año fuera, esas 80 noches son un asunto de prevención de riesgos de tu empresa, no un asunto privado suyo.
La otra pata es la Seguridad Social. La ley considera accidente de trabajo «toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo» (artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social). De ahí nace la figura del accidente «en misión»: como regla general, lo que le pase a tu empleado mientras se desplaza por trabajo o realiza la tarea que le has encargado fuera de su centro habitual cuenta como accidente laboral.
Dos matices honestos, porque este tema se suele contar peor de lo que es:
- Los tribunales han ido delimitando la figura. El Tribunal Supremo ha rechazado, por ejemplo, considerar accidente laboral lo ocurrido durante el descanso privado en el hotel una vez terminada la jornada, salvo que exista conexión con el trabajo. Cada caso se decide con sus circunstancias.
- Que un caso concreto acabe o no calificado como accidente de trabajo es una cosa. Tu deber de prevenir y de reaccionar es otra, y ese no tiene letra pequeña: existe siempre.
¿Y esto por qué importa ahora?
Porque el riesgo ha subido y los propios viajeros lo notan. Tres datos de este mismo año:
- El 43% de los viajeros de negocio se siente menos seguro viajando por trabajo que antes (Zurich, febrero 2026).
- El 58% cree que su empresa podría hacer más por su seguridad. Y el 60% se plantearía cambiar de trabajo si su seguridad no se toma en serio. El duty of care ya no es solo un tema legal: es un tema de retener talento.
- Entre los responsables de riesgos de las empresas, el 57% reconoce que los riesgos aparecen más deprisa de lo que son capaces de gestionarlos, y solo un 35% confía en poder movilizar ayuda con rapidez (International SOS, Risk Outlook 2026).
Hay además una referencia internacional que ordena todo esto: la ISO 31030, la guía internacional de gestión de riesgos en viajes corporativos (publicada en 2021). No es obligatoria ni certificable, pero se ha convertido en la vara de medir: si un día tienes que demostrar que hiciste los deberes, parecerte a lo que pide esa guía es la mejor defensa.
¿Qué debería tener tu empresa? (lo mínimo serio)
| Qué | En qué consiste | El error típico |
|---|---|---|
| Saber dónde está cada viajero | Poder responder en minutos «¿quién tenemos hoy fuera y dónde?» | Reservas dispersas: cada empleado se compra su vuelo y nadie tiene la foto completa |
| Asistencia 24 horas | Un teléfono atendido por personas, a cualquier hora, para el empleado en viaje | Un buzón de voz, o «ya llamará al seguro» |
| Riesgo por destino | Revisar antes de viajar si el destino exige precauciones (sanidad, seguridad, clima, visados) | Tratar igual un viaje a Lyon que uno a un destino complicado |
| Protocolo de emergencia | Quién llama a quién, quién decide y quién avisa a la familia. Una página, no un manual | Un protocolo de 40 páginas que nadie ha leído |
| Seguro de viaje corporativo | Cobertura médica y de repatriación acorde a los destinos | Contratar un seguro aparte sin mirar los que ya incluye la tarjeta corporativa, o confiar en la tarjeta sanitaria europea para todo |
| Información al viajero | Que cada empleado sepa qué hacer y a quién llamar antes de salir | Darlo por sabido: el 26% de los viajeros no sabría qué hacer en una emergencia fuera |
La política de viajes es el sitio natural donde escribir todo esto. Si tienes política pero no cubre emergencias, está coja: te contamos cómo completarla en qué debe incluir una política de viajes de empresa.
¿Y el seguro? Mira primero tu tarjeta de crédito corporativa
Aquí va un consejo que casi nadie da, porque casi nadie gana dinero dándolo: antes de contratar un seguro de viaje aparte, mira qué incluyen ya las tarjetas de crédito corporativas con las que pagas los viajes.
Las tarjetas de empresa (Visa Business y Corporate, Mastercard Corporate, American Express y similares) llevan asociados seguros de viaje que se activan al pagar el viaje con ellas: asistencia médica en el extranjero, accidente en viaje, demoras de vuelo, equipaje y, según la gama, repatriación o cancelación. En las gamas corporativas esas coberturas van ampliadas respecto a una tarjeta particular, y cubren buena parte de lo que tu deber de protección necesita tener previsto. Si ya pagas los viajes con la tarjeta, ese seguro ya lo tienes: contratar otro sin mirarlo es pagar dos veces por lo mismo.
Dos avisos de oficio:
- Las coberturas y los límites varían mucho según el banco emisor y la gama de la tarjeta. Pide a tu banco el certificado de seguros de tu tarjeta y léelo con tus destinos reales en la mente. Para destinos complicados o perfiles especiales puede seguir conviniendo un seguro específico; para el viaje corporativo habitual, muchas veces no hace falta.
- La condición casi siempre es haber pagado el viaje con la tarjeta. Una razón más para centralizar reserva y pago en un mismo circuito: si cada empleado paga como puede, la cobertura se queda por el camino.
Y nuestro interés confesado, que en esto también preferimos ser transparentes: en Wamaw evitamos financiar el gasto de viaje de nuestros clientes. No somos un banco. El circuito sano es que el crédito lo ponga tu entidad, con tu tarjeta corporativa, y que nosotros pongamos la gestión. Ese mismo circuito te da la conciliación del gasto automática y, como ves, un paquete de seguros que ya estás pagando aunque nunca lo hayas mirado.
¿Qué papel juega tu agencia en el duty of care?
La responsabilidad legal es de tu empresa y no se puede subcontratar. Pero casi todas las obligaciones prácticas se apoyan en quien gestiona tus viajes. En Wamaw lo vemos cada semana:
- Centralizar las reservas es la base de todo. Si cada viaje pasa por un mismo sitio, la pregunta «¿dónde está mi gente?» se responde con un informe, no con una cadena de llamadas. Es la diferencia entre localizar a tu equipo en 10 minutos o en una tarde.
- Cobertura real a cualquier hora. En horario laborable, a tu empresa la atiende nuestro Service Center: un equipo estable que conoce tu cuenta y responde en menos de 2 horas. Fuera de horario, tus viajeros tienen el servicio de asistencia 24 horas de nuestro grupo, AVASA, para incidencias en viaje: personas, no un contestador.
- Seguimiento hasta resolución. Un vuelo cancelado un domingo no se «apunta para el lunes»: se recoloca, se busca hotel si hace falta y el lunes tu equipo de siempre te cuenta cómo quedó resuelto, por escrito.
- Ojo con el dato. Gestionamos 4 millones de euros al año en viaje corporativo de empresas medianas, y el patrón se repite: el problema casi nunca es el vuelo que se cancela. Es no saber quién está afectado ni quién lo está resolviendo.
Nuestra opinión, por si sirve: el duty of care no se cumple comprando una herramienta ni firmando un anexo. Se cumple teniendo previsto lo aburrido (registro, teléfono, protocolo, seguro) antes de que haga falta. Lo sofisticado es opcional; lo básico no.
Preguntas frecuentes
¿Sabrías decir, ahora mismo, dónde está cada empleado tuyo que anda de viaje?
Si la respuesta es no, empecemos por ahí.
Más de 25 años en los viajes corporativos, desde el año 2000. Escribe sobre operativa, política de viajes y el día a día de gestionar los viajes de una empresa.
